Europa Press. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha abierto el proceso de información pública del proyecto de real decreto, que establece las normas básicas para la aplicación del artículo 167 bis de la Organización Común de los Mercados Agrarios (OCMA) en el sector del aceite de oliva, y que permitirá contar con un mecanismo de retirada obligatoria para los productos del olivar.
Agricultura ha señalado que el objetivo es poder contar, antes de la entrada en vigor de la próxima Política Agraria Común (PAC), con una norma nacional de comercialización para «mejorar y estabilizar» el mercado del aceite de oliva, gracias al acuerdo del Consejo de la Unión Europea (UE) sobre el reglamento transitorio de la PAC.
De esta forma, además del sector vitivinícola, el sector olivarero se beneficiará de su inclusión en el citado artículo 167.
Aprobación en otoño
Esta medida permitirá, a partir de la entrada en reglamento, cuya aprobación está prevista este otoño, equilibrar el funcionamiento del mercado de los aceites de oliva, mediante un ajuste de la oferta y la demanda.
Así, cada vez que la situación de campaña lo haga necesario, se podrán llevar a cabo actuaciones concretas de regulación, mediante orden del Ministerio, previa consulta con los representantes del sector.
Las herramientas que proporcionará la norma nacional que se somete a información son básicas para un sector cuya producción se encuentra caracterizada por el fenómeno de la vecería (alternancia de grandes y pequeñas cosechas) y en el que se aprecia, en los últimos años, un desequilibrio derivado del mayor ritmo de crecimiento de la oferta que de la demanda, lo que origina una gran volatilidad de los precios.
El proyecto de norma contempla la posibilidad de emplear, según el estado las de campañas, todas o algunas medidas como la de la retirada de producto hasta la campaña siguiente o destino de este a uso no alimentario, la planificación de la producción mediante cosecha temprana o la regulación del rendimiento de extracción de aceite de la pasta de aceituna.
Aplicación a productores de aceituna para aceite de oliva
La norma será de aplicación a todos los productores de aceituna destinada a aceite de oliva, y a los operadores que elaboren o comercialicen aceites de oliva y de orujo de oliva en España.
El departamento que lidera Luis Planas ha precisado que se pretende que esté lista para poder ser aplicada cuando entre el vigor el Reglamento transitorio de la PAC, en el que está incluida la extensión del citado artículo 167.
Este real decreto forma parte del decálogo de medidas para el sector del olivar presentado por el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, el pasado mes de junio.
Esta norma permitirá «mejorar y estabilizar» un sector que es fundamental en la producción agroalimentaria española, con una producción media anual de 1,2 millones de toneladas de aceite de oliva y campañas récord que han llegado a 1,8 millones de toneladas, como la de 2018/2019.