Redacción. La alcaldesa de Tomelloso, Inmaculada Jiménez, ha publicado un bando en el que ha anunciado que la localidad «impulsará los correspondientes expedientes sancionadores» a quienes protagonizaron un numeroso botellón el fin de semana en el entorno del recinto ferial de la localidad.
Así, Jiménez afirma que «esta Alcaldía impulsará los correspondientes expedientes sancionadores, bien directamente o a través del resto de las autoridades competentes, para castigar tales comportamientos relacionados con actividades no expresamente permitidas en las disposiciones normativas relativas al estado de alarma».
Y es que este fin de semana se concentró «un elevado número de personas en el entorno del Recinto Ferial -de Tomelloso-, realizando consumo de bebidas alcohólicas». «Una serie de comportamientos incívicos de un colectivo de jóvenes que podrían poner en riesgo las medidas requeridas por la situación de alerta sanitaria nacional», indica el bando municipal. Unos comportamientos que tiran por tierra «el esfuerzo de todos» para contener la expansión del virus SARS-CoV-2.
El bando recuerda, finalmente, que «el Real Decreto Ley 463/2020, de 14 de marzo y las disposiciones que lo complementan y desarrollan, han venido limitando la libertad de circulación de la ciudadanía y de permanencia en espacios públicos, a supuestos concretos y a horarios y aforos determinados, supuestos que se han flexibilizado en la fase 2 de la desescalada; ampliando dicha libertad de circulación, pero en ningún caso permitiendo la permanencia en espacios públicos consumiendo bebidas alcohólicas, teniendo en cuenta además que la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana tipifica y sanciona con multas de 100 a 600 euros, en su art 37.17: El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana».
Prohibición de venta de bebidas alcohólicas
Por otro lado, la alcaldesa de Tomelloso, a través de un Decreto aprobado esta mañana y de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Comercio de C-LM, ha establecido la prohibición de venta de bebidas alcohólicas para todos los establecimientos minoristas, incluidas las tiendas de conveniencia, en el horario comprendido entre las 22’00 y las 07’00 horas del día siguiente, independientemente del régimen de apertura que a cada establecimiento le sea de aplicación. Esta prohibición se hace extensiva a cualquier régimen de venta.
El Decreto establece de igual modo, “la comunicación a este tipo de establecimientos que el incumplimiento de esta aplicación podrá dar lugar al cierre del establecimiento, de conformidad con el artículo 22.A de la citada Ley 2/2010, de 13 de mayo de Comercio de C-LM”.