Redacción. El Juzgado de Instrucción número dos de Santa Cruz de Tenerife, en funciones de guardia, ha visto en juicios rápidos de conformidad sendos casos de personas que se saltaron sin justificación las medidas de confinamiento impuestas por el Gobierno de España para evitar la propagación del coronavirus. Ambos procesos han terminado en condenas con penas de multa, a la que se sumará la sanción derivada del expediente administrativo incoado por la Policía Nacional.
En el primero de los casos, los agentes del orden pusieron a disposición judicial a una persona que ayer, martes 17 de marzo, fue interceptada en la vía pública cuando deambulaba sin rumbo aparente y no dio explicaciones sobre si se saltaba el confinamiento para cumplir con algunos de los supuestos previstos legalmente o lo hacía de forma ilegal.
Esta persona no sólo no supo explicar el porqué de su presencia en la calle, sino que se negó a identificarse ante los agentes y se enzarzó con éstos en una discusión creciente que acabó en agresión, por parte del viandante a los policías.
Ante la autoridad judicial, la persona admitió los hechos y su culpa, y fue condena a una pena atenuada por su confesión a cuatro meses de multa con una cuota de tres euros día como autor de un delito de desobediencia y resistencia a la autoridad –un total de 360 euros-, y a 20 días de multa con una cuota diaria de 3 euros (un total de 120 euros) por cada uno de los dos delitos de lesiones leves consumados al agredir a los agentes del orden.
Además de estas condenas, la persona infractora deberá de indemnizar a los dos policías en la suma que se determine en el trámite de ejecución de sentencia. Estas condenas son independientes de la sanción administrativa que se le impondrá cuando se tramite la denuncia expedida por la Policía.
El segundo caso que vio el órgano judicial hoy sobre quebrantamiento del confinamiento se refiere a un caso registrado este mismo miércoles, en el que la persona se negó a identificarse y se resistió a la autoridad, si bien no llegó a agredir a los agentes. Se conformó con la condena, atenuada ante su aquiescencia: cuatro meses de multa con una cuota de tres euros día como autora de un delito de desobediencia y resistencia a la autoridad –un total de 360 euros-. Al igual que en el otro caso, esta condena es independiente de la sanción en el procedimiento administrativo.