Redacción. El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley que deroga el artículo 52d del Estatuto de los Trabajadores, que, hasta la actualidad, contemplaba el despido procedente por bajas médicas justificadas. La supresión de este precepto, impulsada desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, responde a la necesidad de garantizar jurídicamente los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, especialmente las que padecen alguna discapacidad, sufren enfermedades crónicas o de larga duración o que se dedican al cuidado de personas dependientes, que son, en su mayoría, mujeres.
“A partir de hoy, a nadie se le va a despedir por una baja médica justificada. El trabajo decente es un mandato internacional”, ha recalcado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, que ha añadido que “impedimos que las más vulnerables sean despedidas cuando deben ser especialmente protegidas”.
El Real Decreto Ley, aprobado hoy, cumple además con las directrices del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en la sentencia del 18 de enero de 2018 ya había advertido a España de que la aplicación de esta modalidad de despido objetivo, por faltas de asistencia justificadas, iba en contra de la Directiva 2000/78, que prohíbe la discriminación por razón de discapacidad. Tal y como ha explicado Yolanda Díaz: “Con esta derogación estamos reparando una anomalía de nuestro país con respecto a los países de nuestro entorno”.
La derogación del artículo contribuirá a promover la prevención de riesgos, la salud y la seguridad en el trabajo, objetivos por los que el Ministerio de Trabajo y Economía Social tiene la obligación de velar.