Prohibida temporalmente la pesca, tenencia a bordo y desembarque de atún rojo para pesca deportiva y recreativa

Europa Press. La pesca deportiva y recreativa, la tenencia a bordo y el desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) está prohibido temporalmente desde este 8 de julio en el Atlántico oriental y el Mediterráneo, según ha dispuesto la dirección general de Ordenación Pesquera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Así, se ha dispuesto de acuerdo con la orden ministerial de 2013 que regula la pesquería del atún rojo en España y la resolución de marzo de 2015 que reserva una cuota para las modalidades de pesca deportiva y recreativa.

La prohibición temporal que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) llega después de que de acuerdo con los datos de la Secretaría General de Pesca, la cuota atribuida para este fin esté próxima a su máximo autorizado por lo que el Gobierno procede a realizar una «parada técnica de control», hasta conocer la situación real de los datos de captura, de acuerdo con lo establecido en el dispositivo décimo de la citada Resolución.

En concreto, se prohíbe la pesca, tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la modalidad de pesca deportiva y recreativa, a partir de las 00.00 horas del día 8 de julio de 2015, sin perjuicio del posterior levantamiento de la prohibición o su confirmación mediante resolución por la que se acuerde el cierre definitivo de la pesquería.

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