Redacción. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha establecido medidas específicas de protección contra la ‘lengua azul’ de aplicación en todo el territorio nacional, según la Orden publicada el lunes, 3 de noviembre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En la aplicación del programa nacional de vigilancia frente a la enfermedad se ha constatado el pasado mes de septiembre la circulación del serotipo 4 del virus de la lengua azul fuera de los límites de la zona restringida para los serotipos 1 y 4.
Por ello, resulta necesario, según el departamento de Isabel García Tejerina, ampliar la zona restringida frente a dichos serotipos y establecer las condiciones para el movimiento dentro y entre las nuevas zonas restringidas.
En consecuencia, se deroga la Orden del 10 de abril con el fin de definir las nuevas zonas de restricción frente al virus de la lengua azul en España, así como establecer los requisitos para el movimiento de animales dentro y entre estas zonas.
En concreto, según la Orden, se considerará zona restringida frente a los serotipos 1 y 4 del virus de la ‘lengua azul’ los siguientes territorios: en Andalucía, las provincias de Huelva, Sevilla, Cádiz, Málaga y Córdoba, y en la provincia de Jaén, las comarcas de Andújar, Linares y Jaén; en Castilla-La Mancha, las comarcas de Almadén, Almodovar del Campo y Piedrabuena, en Ciudad Real y en Extremadura, las comarcas de Castuera, Don Benito y Herrera del Duque, en Badajoz.
La lucha frente a los diferentes serotipos del virus de la ‘lengua azul’ que han sido detectados en España se ha llevado a cabo mediante un programa de vigilancia, un programa de vacunación y el control de los movimientos de los animales sensibles.