Campaña obligatoria y gratuita de vacunación contra la rabia para perros, gatos y hurones en Ceuta

La campaña de vacunación es obligatoria.
La campaña de vacunación es obligatoria.
La campaña de vacunación es obligatoria.

Redacción. La Consejería de Sanidad y Consumo de la Ciudad Autónoma de Ceuta inicia el 2 de mayo, la campaña obligatoria y gratuita de vacunación contra la rabia. Se extenderá hasta el 30 de junio y afecta a todos los perros, gatos y hurones de más de tres meses. La gratuidad alcanza hasta un máximo de cinco animales por propietario, de manera que a partir del sexto, si bien sigue siendo obligatoria la vacunación, habrá de hacerse cargo el dueño.

Sanidad recuerda que los propietarios de animales de compañía están obligados a vacunar a sus mascotas frente a esta enfermedad zoonósica –con el término zoonosis se denomina a las enfermedades que se pueden transmitir de animales a humanos-. La razón es la necesidad de proteger la salud pública.

Para desarrollar la campaña obligatoria y gratuita, la Consejería de Sanidad y Consumo ha convenido con el Colegio Oficial de Veterinarios de Ceuta cómo hacerlo. Los dueños de perros, gatos y hurones que quieran aprovechar el carácter gratuito de la campaña tienen hasta el 30 de junio para dirigirse de lunes a viernes, salvo los festivos, a los siguientes centros veterinarios: Canibel (Bermudo Soriano), Fauna (Polígono Virgen de África), Leimar (avenida de España), Morey (Playa Benítez), Real 90 (calle Real) y Reinoso (calle Brull).

La campaña obligatoria y gratuita de vacunación contra la rabia incluye:
– La revacunación de todos los perros, gatos y hurones hasta un máximo de 5 animales por propietario; a partir del sexto animal, el propietario abonará el coste de la vacunación.
– Si se trata de la primera vacunación, está incluida la inoculación de la dosis vacunal, mientras que la cartilla sanitaria y la inserción del microchip, siempre previa a la vacunación, correrán por cuenta del propietario.
– La Ciudad cubre las vacunas, los gastos del acto clínico de vacunación, los sellos de la campaña y los créditos de la base de datos. La inoculación de la dosis ha de ser después de desparasitar al animal, de lo que tiene que hacerse cargo el propietario.

La documentación que hay que presentar en las clínicas que participan en este convenio es la siguiente:
– D.N.I. del propietario del animal.
– Tarjeta de Identificación Animal, Cartilla Sanitaria Oficial de Vacunación y/o Pasaporte para animales de compañía.
– En el caso de los animales potencialmente peligrosos, se presentará la Licencia Administrativa correspondiente.
– En los casos de extravío o carencia de la Tarjeta de Identificación Animal, el propietario deberá solicitar un duplicado de la misma en las clínicas autorizadas o en las oficinas del Servicio de Sanidad Animal, proceder a su pago en el Registro General de la Ciudad y reservar la copia de la solicitud sellada. Con esa copia podrá vacunar al animal y retirar la tarjeta en su momento.
– Si lo extraviado, deteriorado o carente es la cartilla sanitaria o el pasaporte, deberá obtenerse en las clínicas veterinarias mencionadas.
– Los propietarios de más de cinco animales tendrán que portar un documento emitido por Sanidad Animal previa cita en el 856 200 680.

Por lo demás, los dueños de animales que deseen conocer su censo, deberán consultarlo en su centro veterinario habitual. La Consejería de Sanidad y Consumo solo facilitará el documento administrativo para la vacunación de los animales. Además, quienes requieran asistencia domiciliaria de los veterinarios, tendrán que abonar la cantidad que corresponda por ese desplazamiento.

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