Redacción. El Gobierno ha presentado este martes 29 de julio a las víctimas de delitos un Estatuto que nace con el objetivo de ser el catálogo general de sus derechos procesales y extraprocesales, de los que podrán disponer tanto si están personadas en una proceso judicial como si no, y que prevé protocolos específicos para cada colectivo.
Junto a los ministros del Interior y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Jorge Fernández Díaz y Ana Mato, respectivamente, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha presentado el Estatuto en el Palacio de Parcent, sede de su departamento.
Según ha anunciado, el anteproyecto de ley del Estatuto de la Víctima del Delito aprobado el pasado 25 de octubre por el Consejo de Ministros recibirá el visto bueno del Gobierno, ya como proyecto de ley, el próximo viernes. Con este y otro proyecto de ley, el que modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se transponen tres directivas europeas a la legislación española.
Lo que se pretende es que los poderes públicos ofrezcan una respuesta lo más amplia posible, no solo jurídica sino también social, a los problemas que se les puedan plantear a las víctimas directas y también a las indirectas, es decir, a los familiares en caso de fallecimiento o desaparición, entre los que por primera vez se incluirá a los hijos de su pareja si convivían con ella.
Segunda victimización. Para que tengan las máximas facilidades en el ejercicio y tutela de sus derechos, se reducirán aquellos trámites innecesarios que supongan una «segunda victimización» -por ejemplo, eliminando declaraciones que puedan ser prescindibles y que puedan producirle algún trauma- y se otorgará información orientación sobre los derechos y servicios que les corresponden.
Además de promover una evaluación y un trato individualizado de las víctimas, se fomentará la colaboración entre las Administraciones Públicas, el poder judicial, los colectivos de víctimas y los profesionales que las atienden a través de protocolos de actuación. También se promoverán las Oficinas de Asistencia a las Víctimas, tanto del Ministerio de Justicia como de las comunidades autónomas.
Una de las novedades es que los hijos menores que se encuentran en un entorno de violencia de género o de violencia doméstica tendrán derecho a las mismas medidas de asistencia y protección que las víctimas de estos delitos.
Derechos de las víctimas. Entre los derechos que se reconocen a las víctimas, estén o no personadas en el proceso penal, está el de recibir información sobre servicios asistenciales, acceso a medidas de protección y asesoramiento legal y cómo interponer una denuncia, así como la traducción de las resoluciones.
Igualmente, tendrán derecho a estar acompañadas y a ser notificadas sobre la causa abierta por el delito que sufrieron. Podrán recibir información sobre cuándo se celebrará el juicio, las sentencias, los sobreseimientos, la adopción de medidas cautelares y de libertad del encausado y las resoluciones que puedan poner en riesgo su seguridad como víctimas.
En cuanto a las mujeres que han sufrido violencia de género, serán informadas de la situación del encausado (puesta en libertad, fuga o medidas cautelares) incluso aunque no lo hayan solicitado, salvo que digan que no quieren que se les notifique.
En los casos de grandes catástrofes, los abogados y procuradores no podrán dirigirse a las víctimas para ofrecerles sus servicios hasta que no haya transcurrido un mes desde el suceso.
Recurrir sobreseimientos y libertad condicional. En el proceso penal, el plazo para que las víctimas recurran los sobreseimientos se amplía de tres a veinte días, y podrán hacerlo también quienes no se hayan personado anteriormente.
Las víctimas de una serie de delitos podrán recurrir la libertad condicional del penado siempre y cuando las penas de prisión sean superiores a cinco años. También podrán impugnar las resoluciones por las que el juez autorice la posible calificación del tercer grado antes del cumplimiento de la mitad de la condena, así como los beneficios penitenciarios cuando se hayan acordado en función del límite de cumplimiento de la condena y no de la suma de las penas impuestas.
El texto legislativo permitirá a las víctimas solicitar al tribunal que imponga al liberado condicional medidas de control necesarias para garantizar su seguridad. Asimismo, podrán ejercer la acusación y la acción civil y se agilizará el acceso a los servicios de justicia reparadora.
Por otra parte, el Estatuto desarrolla el régimen de las medidas de protección de las víctimas para evitar su victimización secundaria. Con ese fin, se reducirán al mínimo imprescindible sus declaraciones y se procurará que las realicen siempre ante la misma persona, y se evitará el contacto entre las víctimas y sus familiares y los infractores.
Estas medidas de protección se extremarán para las víctimas especialmente vulnerables, como pueden ser personas con discapacidad, menores y víctimas del terrorismo, de delitos sexuales, de trata de seres humanos, de violencia de género y grandes siniestros con víctimas múltiples. Para ellas se prevé un régimen asistencial y jurídico especial.
En el caso de los menores, sus declaraciones podrán ser grabadas para después ser reproducidas durante el juicio, y podrán tener un representante legal cuando haya un conflicto de intereses con sus progenitores o representantes legales.
Iniciativa pionera en Europa. Gallardón ha explicado que el objetivo es «reducir al mínimo el dolor» de las víctimas y tratarlas «con la máxima dignidad» para que, a lo largo del proceso judicial, su sufrimiento «no se vea amplificado» al tener que recordar lo vivido.
El ministro del Interior, por su parte, ha destacado que este Estatuto es «una iniciativa pionera en Europa» de la que hay que sentirse «orgullosos». Concretamente, se ha referido a las víctimas del terrorismo, cuya protección se va a ver «consagrada», y a las personas que han sufrido accidentes de tráfico causados por delitos, como la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas.
Para Ana Mato, este Estatuto es «una muestra del compromiso y el apoyo del Gobierno a las víctimas de delitos». En lo tocante a las víctimas de violencia de género, considera que «facilita la denuncia» y, de esa manera, «facilita el fin de la impunidad», además de mejorar la atención jurídica y social.