Redacción. El próximo 12 de julio de 2020 podrán votar 1.794.313 electores en las elecciones al Parlamento del País Vasco y 2.697.315 en las elecciones al Parlamento de Galicia.
De los electores residentes en el País Vasco 68.790 podrán participar por primera vez en estas elecciones, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación al Parlamento del País Vasco, celebrada el 25 de septiembre de 2016.
Por su parte, 78.503 electores residentes en Galicia podrán participar por primera vez en estas elecciones, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación al Parlamento de Galicia, celebrada también el 25 de septiembre de 2016.
Consulta del censo electoral y reclamaciones
El censo electoral de residentes en España se podrá consultar del 25 de mayo al 1 de junio en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral (OCE). Los electores residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en estas mismas fechas en las oficinas consulares.
Los electores podrán presentar reclamaciones a sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la OCE en el mismo plazo, del 25 de mayo al 1 de junio.
También está disponible en la Sede Electrónica del INE un servicio de consulta a los datos de inscripción en el censo electoral y de la mesa y dirección del local electoral, previa acreditación del elector por el sistema Cl@ve (DNI electrónico entre otros).
Solicitudes de voto de los electores residentes en el extranjero
Los electores residentes en el extranjero que deseen votar deberán solicitar su voto a la delegación provincial de la OCE correspondiente a su inscripción hasta el 13 de junio. La OCE está remitiendo a los electores con derecho a voto el impreso oficial de solicitud.
Las solicitudes se podrán enviar por internet. Para ello es necesario identificarse por el sistema Cl@ve o utilizar la clave enviada con el impreso oficial.
El impreso también está disponible en los consulados y en las páginas web de las administraciones convocantes, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y del INE.
Solicitudes de oposición a recibir propaganda electoral
Los electores pueden solicitar la exclusión de las copias del censo electoral que se entregan a los representantes de las candidaturas para el envío de propaganda electoral. Estas exclusiones son continuas y tienen efecto permanente mientras el elector no se manifieste en sentido contrario.
Quienes realicen esta solicitud hasta el 1 de junio no recibirán propaganda electoral por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones. Las solicitudes posteriores al 1 de junio tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.
La solicitud de exclusión puede realizarse por internet, acreditándose por el sistema Cl@ve, en la Sede electrónica del INE, o en los ayuntamientos, oficinas consulares y delegaciones provinciales de la OCE.
Tarjetas censales
La Oficina del Censo Electoral remitirá a partir del 23 de junio a cada elector residente en el País Vasco o en Galicia una tarjeta censal con la información de la mesa y el local electoral donde le corresponde votar.