Hacienda reduce la presión fiscal para agricultores y ganaderos con reducciones en los módulos del IRPF

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Reducción de la presión fiscal para agricultores y ganaderos.

Redacción. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el viernes, 24 de abril, una orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se fijan los Índices de Rendimiento Neto en la declaración del IRPF para estimación objetiva (módulos), que recogen las propuestas del Ministerio de Agricultura de reducción de la presión fiscal para agricultores y ganaderos.

En concreto, las reducciones de módulos aprobadas en esta orden se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF.

Las reducciones establecidas con carácter nacional para la declaración de la Renta 2014 de los agricultores y ganaderos, son para productos hortícolas (de 0,26 a 0,19), frutos no cítricos (de 0,37 a 0,27),  frutos cítricos (de 0,26 a 0,19), flores y plantas ornamentales (de 0,32 a 0,16), la patata (de 0,37 a 0,19), bovino de leche (de 0,32 a 0,26),  servicios de cría, guarda y engorde de ganado, excepto aves (de 0,56 a 0,49), y servicios de cría, guarda y engorde de aves (de 0,42 a 0,37).

Agricultura ha recordado que en todos estos productos se han producido durante el pasado año circunstancias excepcionales, fundamentalmente de mercado, que han modificado la normal relación entre ingresos y costes que reflejan sus índices estructurales.

Desde el punto de vista de la incidencia de las adversidades climatológicas sobre las producciones agrarias, la principal característica del año 2014 fue la del efecto de la sequía que afectó a gran parte del país, y especialmente a la zona suroccidental de la Península, mientras que la falta de agua perjudicó notablemente a las producciones de secano, dificultó la floración y cuajado del fruto en el olivar.

En consecuencia, también se han fijado reducciones en las zonas afectadas de, entre otras, las siguientes producciones de cereales,  frutos secos, productos del olivo, apicultura, bovino de carne extensivo, bovino de cría extensivo, ovino y caprino de carne extensivo, ovino y caprino de leche extensivo, porcino de carne extensivo y de cría extensivo.

Reducciones para electricidad para el riego. Por otro lado, la orden introduce para 2014 y con carácter «permanente» un coeficiente corrector que podrán aplicar los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supondrá una reducción de un 20% del mismo.

El Gobierno ha adoptado esta medida, junto con la exención parcial del 85% del Impuesto sobre la Electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas de agosto de 2013.

De esta forma, se tiene en cuenta que dicha subida tuvo un efecto diferencial sobre la agricultura de regadío con respecto a otros sectores de la economía, al incrementar el coste del término de potencia y, en consecuencia, afectar en mayor medida en las actividades que concentran  el consumo en determinadas épocas del año, como es el caso del riego.

Finalmente, la orden establece, en su Disposición adicional primera, una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2014. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto es, por tanto, mayor que cualquier reducción de módulos específicos.

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