Los beneficiarios de los nuevos impuestos negativos pueden solicitar el abono anticipado

La organización cometió fraude a la Hacienda Pública. / http://www.zoomnews.es
La Agencia Tributaria ha enviado cartas a los beneficiarios potenciales. / http://www.zoomnews.es

Redacción. Los beneficiarios de las tres nuevas deducciones en el IRPF que incorpora la reforma fiscal para el apoyo a la familia podrán solicitar por Internet a partir del miércoles, 7 de enero, su abono anticipado. Estas deducciones se incluirán después en la declaración anual de IRPF del 2015 (que se presentará en 2016), donde se regularizarán las cantidades que se hubieran percibido como abono anticipado. La Agencia Tributaria ha enviado cartas a los beneficiarios potenciales, con los requisitos y procedimientos para la percepción mensual de estos impuestos negativos.

La solicitud se podrá realizar de forma colectiva o individual mediante la presentación de un nuevo modelo, el 143, por cada una de las deducciones, acumulables entre sí, a las que los beneficiarios tengan derecho: 100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad o 200 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial.

Según Hacienda, las deducciones, que podrán alcanzar los 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa, y los 2.400 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial, se calcularán de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.

Estos requisitos pasan por realizar una actividad por la que se cotice a la Seguridad Social o mutualidad alternativa y tener derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad, o ser ascendiente o hermano huérfano de padre y madre formando parte de una familia numerosa.

El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o las mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.

El modelo de solicitud se podrá presentar por internet a partir del miércoles, 7 de enero, en la web de la Agencia Tributaria, mediante ‘Cl@ve’, ‘PIN 24 horas’, DNI electrónico o certificado digital. Al final de la carta remitida a los beneficiarios se recoge el Código Seguro de Verificación (CSV) requerido para las nuevas altas en Cl@ve de aquellos beneficiarios que no estén registrados en el PIN 24 horas. La solicitud también se podrá formalizar en el teléfono 901 200 345.

Procedimiento en oficinas físicas. Desde el 3 de febrero, la solicitud se podrá presentar también en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, previa cumplimentación en la web de la Agencia, impresión y firma por parte de todos los solicitantes. Cuando existan varios beneficiarios de una misma deducción, el abono anticipado se solicitará de manera colectiva o individual, elección que se podrá modificar para las distintas deducciones en enero de cada año.

En el caso de solicitud colectiva, deberán suscribirla todos los solicitantes que pudieran tener derecho a la deducción. Quien figure como primer solicitante deberá cumplir los requisitos para el abono de la deducción en el momento en que se presente la solicitud y será quien reciba la transferencia bancaria mensual. Si los beneficiarios optan, en cambio, por la solicitud individual, el importe de la deducción se dividirá entre los distintos solicitantes por partes iguales.

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