El Constitucional suspende el proceso de participación ciudadana del 9N

Fachada del Tribunal Constitucional. / Foto: es.wikipedia.org
Fachada del Tribunal Constitucional. / Foto: es.wikipedia.org
Fachada del Tribunal Constitucional. / Foto: es.wikipedia.org

Redacción. El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el escrito de impugnación de disposiciones autonómicas y, subsidiariamente, de conflicto positivo de competencia presentado por el Gobierno contra las actuaciones de la Generalitat de Cataluña relativas a la convocatoria de un “proceso de participación ciudadana” el 9 de noviembre.

El pleno ha acordado la suspensión automática de las actuaciones impugnadas, decisión que es consecuencia de la invocación por parte del Gobierno de la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución que establece que éste «podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.

Tras la admisión a trámite, y como consecuencia de la aplicación del citado precepto constitucional, quedan pues suspendidos según indica el Tribunal Constitucional “los actos impugnados, así como las restantes actuaciones de preparación de dicha consulta o vinculadas a ella”.

El TC ha acordado también dar traslado de la demanda al Gobierno de la Generalitat de Cataluña, que dispone de un plazo de 20 días para formular las alegaciones que considere convenientes.

La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá en próximas fechas.

Por lo que se refiere al escrito de alegaciones presentado el 3 de noviembre por el Departamento de Presidencia de la Generalitat de Cataluña ante el Tribunal Constitucional, ha sido incorporado a las actuaciones del proceso correspondiente.

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