Simplifican los trámites para que los autónomos puedan acceder al cobro del paro

Cobro del paro para autónomos.
Cobro del paro para autónomos.
Cobro del paro para autónomos. / http://www.euroinnova.edu.es

Redacción. Los trabajadores autónomos tendrán más sencillo acceder a la prestación por cese de actividad gracias al proyecto de ley de mutuas colaboradoras de la Seguridad Social aprobado el viernes, 18 de julio, por el Consejo de Ministros, en el que se simplifican los trámites para el cobro de esta prestación.

Hasta ahora, el acceso de los autónomos al cobro del paro estaba ligado a la cotización por contingencias profesionales. La norma aprobada desvincula ambos conceptos y mantiene como voluntaria la cotización por el cese de actividad, cuyo tipo se adaptará en las leyes de presupuestos, oscilando entre el 2,2% y el 4%.

Asimismo, el proyecto de ley reduce desde el 30% al 10% el nivel de pérdidas anuales por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción que debían acreditar los autónomos para acceder a la prestación, al tiempo que se mejoran los medios de prueba que pueden utilizar.

Según fuentes de Empleo, la documentación a acreditar por los trabajadores por cuenta propia se desarrollará en un reglamento, que se diseñará previa consulta con las organizaciones de autónomos y agentes sociales.

La ministra de Empleo Fátima Báñez ha destacado que actualmente se rechazan el 80% de las solicitudes que realizan los autónomos para cobrar el paro. «Con esta norma, hemos cambiando las condiciones y las hemos mejorado», ha subrayado.

Actualmente, cerca de 700.000 autónomos cotizan voluntariamente por la prestación de cese de actividad, pero de las 6.000 solicitudes cursadas para obtenerla, sólo el 21% son resueltas favorablemente por parte de las mutuas, entidades que gestionan esta prestación.

Las organizaciones de autónomos se quejaban de que era prácticamente imposibilidad de demostrar entre los autónomos que tributan en módulos la existencia de circunstancias económicas que demuestren pérdidas o disminución de ingresos que justifiquen el cese de actividad, ya que en el caso de estos autónomos el rendimiento se determina mediante indicadores objetivos basados en la actividad y no se tienen en cuenta los flujos reales de ingresos y gastos.

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