Redacción. El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, y el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha presentado en rueda de prensa para explicar las líneas básicas de la reforma fiscal que presentó el Consejo de Ministros el pasado 20 de junio.
Como consecuencia de la bajada de las retenciones en el IRPF, 20 millones de contribuyentes contarán cada mes con más renta disponible desde enero de 2015. La rebaja media será del 12,5% y 1,6 millones de contribuyentes dejarán de tributar.
Rentas medias. La reforma beneficiará a los contribuyentes con rentas medias y bajas. El 72% de los declarantes cuentan con rentas inferiores a 24.000 euros al año. Para este colectivo, la rebaja media en el IRPF será del 23,47%. La rebaja media será del 19,34% para los contribuyentes con una renta inferior a 30.000 euros, y del 16,72% para rentas inferiores a 60.000 euros.
La reforma introduce un fuerte aumento de los mínimos familiares en el IRPF, de hasta el 32%, y tres nuevos ‘impuestos negativos’ o categorías de beneficios sociales para familias y personas con discapacidad. Operarán para familias con hijos dependientes con discapacidad, familias con ascendientes dependientes y familias numerosas (tres o más hijos, con dos hijos y uno discapacitado).
En cada uno de los casos recibirán 1.200 euros anuales, que se podrán recibir de forma anticipada a razón de 100 euros mensuales. Estos ‘impuestos negativos’ son acumulables entre sí y al actual de igual cuantía (100 euros mensuales) que perciben las madres trabajadoras con hijos menores de tres años. La suma de todos los beneficios sociales podría llegar hasta los 6.000 euros.
Contribuyentes medios. En el caso de una familia con dos hijos y con unos rendimientos de trabajo de 25.000 euros anuales (ejemplo renta media), la rebaja será del 13,9% de su cuota líquida. Esta llegará al 100% (dejará de tributar) para los contribuyentes que ganen menos de 12.000 euros al mes.
El aumento de los mínimos familiares y la aplicación de ‘impuestos negativos’ para ganar en equidad, se refleja sensiblemente en la cuota a pagar. Un contribuyente con un hijo con discapacidad y que perciba 17.000 euros por rentas del trabajo verá reducida su cuota líquida a pagar en un 63,1%. Una familia con tres hijos y con unos rendimientos del trabajo de 40.000 euros al año pagará un 17,8% menos. Una familia con dos hijos (uno de ellos menor de tres años) y unos ingresos salariales de 22.000 euros, pagarán un 48,1% menos.
Dación de vivienda, exenta. Con objeto de elevar la equidad, el IRPF introduce otros conceptos como la exención de la ganancia patrimonial derivada de la dación de pago de la vivienda habitual. Estará exenta también la conocida como plusvalía municipal. Además, con el mismo objetivo de elevar la equidad, se limita la exención por indemnización por despido. Se establece un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado para beneficiar en mayor medida a los sueldos medios y bajos.
Bajada de retenciones. La rebaja del IRPF implicará la bajada generalizada de retenciones. Para autónomos será de mayor calado. El tipo de retención del autónomo profesional, con rentas inferiores a 12.000 euros anuales se reduce del 21% al 15%. Este paso se hará de forma inmediata, vía decreto-ley. Además, el tipo general se reduce del 21% al 20%. De igual forma, se mantiene el tipo de gravamen reducido del 15% para empresas de nueva creación, incluido en la Ley de Emprendedores.
Limitación de módulos. El nuevo IRPF introduce una simplificación del régimen de estimación objetiva (módulos). De esta forma, se rebaja el umbral de exclusión, de 450.000 a 150.000 euros de ingresos, y de 300.000 a 150.000 euros de gastos. Se excluyen las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas. Quedan excluidas las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1% como las actividades de fabricación y construcción. Permanecerán en módulos actividades como la restauración, servicio de taxi, agricultura y ganadería.
Neutralidad del ahorro. La reforma del IRPF incluye una rebaja de la tributación del ahorro. Se hace introduciendo progresividad en el tramo superior. La nueva tarifa consta de tres tramos: el primero, hasta seis mil euros, bajará su tributación del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016; desde 6.000 hasta 50.000 euros, el tipo bajará hasta el 22% en 2015 y al 21% en 2016; a partir de 50.000 euros, el tipo de gravamen se situará en el 24% en 2015, y en el 23%, en 2016.
La reforma incorpora también nuevos instrumentos para potenciar el ahorro a medio y largo plazo. Los nuevos Planes «Ahorro 5» podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garanticen la restitución de, al menos del 85% de la inversión. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años.
En el caso de los planes de pensiones se mantiene su régimen fiscal pero se fija una única aportación máxima de 8.000 euros por año.
Atracción del talento. También se modifica el régimen fiscal de impatriados. Su objetivo es atraer a España a personas con talento, personal altamente cualificado, por ejemplo, del ámbito científico o económico, para trabajar en empresas establecidas en nuestro país. Para evitar efectos que no se buscan con este régimen, se excluye expresamente a los deportistas profesionales. Se fija un tipo específico -del 24%- para los primeros 600.000 euros de retribución, mientras que el resto tributará al tipo marginal máximo como cualquier otro contribuyente.
No residentes. El impuesto de la renta de no residentes se adecúa a la tributación del IRPF. El tipo general baja del 24,75% al 24%. El tipo para rentas de la Unión Europea se reduce del 24,75% al 20% en 2015, y al 19% en 2016.
Rebajas de impuestos a empresas. El Impuesto sobre Sociedades incorpora una bajada de tributación y medidas para fomentar la competitividad de las empresas y simplificación de deducciones. Con el fin de consolidar la aproximación de la fiscalidad de las empresas a los países del entorno, el tipo de gravamen general se reducirá desde el 30% al 25%, en 2015, y al 25%, en 2016.
Se crea una reserva de capitalización (minoración del 10% de la base imponible por incremento de fondos propios) que sustituye a la actual deducción por reinversión de beneficios.
Las pymes, además, tendrán acceso a una nueva reserva de nivelación, exclusivamente para ellas. Se trata de una minoración del 10% de la base imponible con un límite de un millón de euros. La cantidad se compensará con bases imponibles negativas en un plazo de 5 años. El tipo de gravamen de las pymes puede llegar al 22,5% si utiliza esta reserva de nivelación, y al 20,25% si suma la de capitalización empresarial. Además se mantiene el régimen especial de entidades de reducida dimensión que ofrece otros beneficios a las pymes como la libertad de amortización.
Deducciones e incentivos. El nuevo Impuesto sobre Sociedades ofrece una reordenación de deducciones, manteniendo las actuales por I+D+i y por creación de empleo. Al mismo tiempo, se amplia la base imponible del impuesto para acercar el tipo efectivo al tipo nominal. Para ello, se limita la deducibilidad de gastos por deterioro, se mantiene la limitación de gastos financieros y se fija un límite general del 60% a la compensación de bases imponibles, que empezará a operar en 2016.
Con el objetivo de favorecer el desapalancamiento financiero (control del endeudamiento empresarial) se fija un límite general del 60% a la compensación de bases imponibles negativas, que empezará a operar en 2016. Se trata de una medida equiparable a la fiscalidad del entorno con el fin de sanear los balances de las empresas españoles.
Con el fin de mantener la recaudación en 2015, se prorrogan para ese ejercicio las medidas temporales en vigor (pagos fraccionados incrementados, limitación de compensación de bases imponibles negativas y fondo de comercio), que afectan, fundamentalmente a las grandes empresas.
Por otro lado, se equipara el trato fiscal de participaciones de entidades residentes y no residentes para adecuarlo al tratamiento internacional.
Incentivos. La reforma fiscal introduce nuevos incentivos fiscales actividades muy determinadas, que ayuden al crecimiento económico y al cambio de modelo productivo. Es el caso de las actividades industriales. Para mejorar la competitividad de los procesos productivos intensivos en electricidad se amplía la exención parcial (85%) del impuesto de electricidad a todos los procesos en los que el coste de la electricidad supere el 50% del coste de producción.
En el caso de la investigación y el desarrollo, las empresas cuyas inversiones en I-D superen un 10% sus ingresos netos podrán ampliar el porcentaje de deducción al 50%.
El nuevo impuesto sobre Sociedades incluye incentivos a actividades culturales. Para las producciones cinematográficas se fija un tipo aplicable a productor y coproductor financiero indistintamente. Será del 20% desde el primer millón, y del 18% por el exceso. Ademas, para atraer producciones extranjeras se fija una deducción del 15% de los gastos realizados en territorio español, que podrá percibirse por anticipado. Se trata de los mayores incentivos a la producción de cine en España.
Seguridad jurídica. Como medidas para mejorar la lucha contra el fraude y otorgar mayor seguridad jurídica, se evita la deducibilidad de gastos fiscales cuando se difiere la calificación en otros países. De esta forma, no podrán deducirse los rendimientos de instrumentos financieros cuando el destinatario de otro país no tribute por ellos (instrumentos híbridos). Además, se simplifican las obligaciones de documentación en las operaciones vinculadas (matriz y filiales).
Mecenazgo. La reforma fiscal incluye un impulso a las actividades de mecenazgo. La deducción por donativos en el IRPF se eleva del 25% al 30%. Para incentivar la estabilidad en la aportación de estos recursos el porcentaje se eleva en otros 5 puntos si se mantiene durante tres años.
Para ampliar la participación social en estas actividades, se fija una deducción del 75% para donativos inferiores a 150 euros. El donativo que exceda de esta cantidad se beneficiará de los otros tipos incrementados.
Lucha contra el fraude. La lucha contra el fraude tributario se refuerza con la reforma fiscal, dotándose de nuevos instrumentos, complementarios a la Ley antifraude aprobada a finales de 2012. De esta forma, se modifica la Ley General Tributaria para la publicación de listas de morosos con la Agencia Tributaria.
Entre otras novedades se incluye también cambios en el procedimiento inspector con nuevos plazos y suspensión en casos tasados. Además, se establece el procedimiento para la liquidación administrativa en los casos de delito fiscal y se amplían los supuestos de liquidación tributaria a los delitos de contrabando.
Anualmente se publicará la lista de paraísos fiscales en función del intercambio efectivo de información tributaria.