Redacción. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado el sábado, 21 de junio, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden ministerial por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción de las mujeres en el medio rural.
Según ha informado el Departamento de Isabel García Tejerina, su objetivo es «adecuar las ayudas a la normativa vigente» y establecer como prioritaria «la búsqueda de nuevos yacimientos de empleo para las mujeres rurales e impulsar proyectos con proyección nacional y global».
Desde el año 2006, estas subvenciones están dirigidas a asociaciones de mujeres del medio rural, de ámbito estatal y que realicen sus actividades en, al menos, tres comunidades autónomas. Para acceder a ellas, es necesario ser organizaciones sin ánimo de lucro, que habitualmente realicen proyectos para la promoción de mujeres en el medio rural. Además, deben tener los recursos apropiados y el personal capacitado para desarrollar las actividades que son subvencionables.
Así, serán objeto de subvención las actividades relacionadas con el asesoramiento de empresas de producción agraria primaria, que incluyen proyectos relacionados con el fomento de la modernización, la competitividad, la integración sectorial, la innovación y la promoción de la iniciativa empresarial.
También contemplan el asesoramiento para el desarrollo de cadenas de suministro cortas, para potenciar la agricultura ecológica y la salud de los animales y para aquellas mujeres que se instalen por primera vez en una explotación agraria.
Igualmente, se podrán solicitar ayudas para la organización de jornadas, nacionales o europeas, de intercambio de conocimientos, concursos, exhibiciones y ferias, y para la participación en estos eventos de empresas de producción primaria agraria creadas por mujeres en el medio rural.
La Orden ministerial limita los gastos subvencionables y ajusta las cuantías de las subvenciones a las dotaciones específicas que se asignen en los Presupuestos Generales establecidos para cada año. La cuantía máxima de la ayuda por cada entidad, no podrá superar el 25% de la dotación presupuestaria anual disponible para la convocatoria.