El FC Barcelona sólo tributó por uno de los siete contratos que firmó con el padre de Neymar para cerrar su fichaje

Redacción. El Fútbol Club Barcelona únicamente tributó por uno de los siete contratos que firmó con el conglomerado de empresas del padre del futbolista brasileño Neymar entre los años 2011 y 2013 para cerrar su traspaso desde el Santos, según recoge un informe de la Agencia Tributaria encargado por el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz.

El documento concluye que la entidad culé «realizó pagos a diversas sociedades no residentes en España directamente vinculadas con el jugador, bajo la apariencia de retribución de conceptos y servicios de distinta naturaleza que, no obstante, constituyen rentas del trabajo de éste obtenidas en España y sujetas a la obligación de contribuir».

El organismo tributario eleva el fraude fiscal que habría cometido el equipo catalán a 9,1 millones de euros en 2011 y 2013, a los que se podrían sumar otros 2,6 millones en 2014 correspondientes a la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sobre un pago de cinco millones de euros por la cesión de sus derechos federativos.

De esta forma, el informe concluye en sus 49 páginas que los pagos efectuados a través de las entidades del padre de Neymar «fueron ocultados a la Agencia Tributaria». Así, entre el 3 de junio de 2011 y el 16 de septiembre de 2013 el Barça firmó siete contratos con las sociedades N&N Consultoria Esportiva, N&N Administración y N&N Sport aunque únicamente tributó por uno correspondiente a la cesión de los derechos de imagen del jugador por importe de 1,5 millones de euros. En todo caso, Hacienda retuvo el 15 por ciento de esta candidad cuando tendría que haberse aplicado un gravamen del 24,75 por ciento.

En cambio, la entidad culé no pagó a Hacienda por un contrato de préstamo del futbolista firmado el 3 de junio de 2011 por valor de diez millones de euros, por dos indemnizaciones de 25 y 5 millones, respectivamente, abonadas en 2013 para rescindir el primer acuerdo con el padre del jugador; y por otros tres acuerdos en concepto de «representación y gestión», «servicios profesionales (scouting)» y «contrato de agencia».

La Agencia Tributaria también recuerda que Neymar Junior tiene «la condición de contribuyente no residente en el año 2013 por haber permanecido en territorio español menos de 183 días al año», por lo que las rentas obtenidas en España durante ese periodo quedarían sometidas al Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR).

Al ser considerado a efectos fiscales residente en Brasil durante 2013, el informe señala que procedería aplicar el convenio entre los dos países para «evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta». En este sentido, señala que el pagador de las rentas, en referencia al Fútbol Club Barcelona, estaba «obligado a practicar una retención a cuenta del IRNR equivalente al impuesto definitivo que corresponda al contribuyente no residente».

Falsa documentación. La inspectora de Hacienda que firma el informe también señala que «a efectos de la cuantificación de las retenciones no ingresadas y su posible regularización», hay que tener en cuenta que los interesados «no han aportado ningún justificante de pago derivado del contrato de representación y gestión del futbolista», que incluía una retribución del 5 por ciento sobre una base que se ignora.

De igual modo, apunta que con la documentación que el juez Ruz tiene a su disposición no es posible calcular la retribución que el futbolista iba a percibir como cantidad variable en virtud de sus derechos de imagen, que incluían un fijo de 900.000 euros por temporada.

Tras recibir este informe el juez Pablo Ruz ha citado a declarar el próximo 13 de junio como imputados al expresidente del Fútbol Club Barcelona Sandro Rosell y al representante legal de la entidad, Antoni Rossich, para que expliquen si el club cometió un delito de fraude fiscal en el fichaje del futbolista brasileño Neymar.

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