25 abril 2024

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El casco para ciclistas menores de 16 años en ciudad será obligatorio desde el 9 de mayo

Congreso de los Diputados

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Sesión del Congreso en la que se aprobó la nueva normativa. / Foto: DGT
Sesión del Congreso en la que se aprobó la nueva normativa. / Foto: DGT

Redacción. La nueva Ley de Tráfico entra en vigor el 9 de mayo e impondrá la obligatoriedad del casco en ciudad para ciclistas menores de 16 años, prohibirá los dispositivos de detección de radares y aumentará la multa hasta 1.000 euros para los conductores bajo los efectos del alcohol o de las drogas -que se detectará con un test de saliva- que sean reincidentes o que dupliquen la tasa permitida.

La norma, ratificada por el Congreso el 20 de marzo, incorpora otras novedades, como la posibilidad de cortar una carretera o tramo por causas medioambientales, por ejemplo, de contaminación; o la capacidad de inmovilizar un vehículo si circula con niños sin sistema de retención infantil, que será obligatorio para todos los menores que no superen 1,35 metros de altura.

Igualmente, en los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo, mientras que se amplía a 20 días el periodo voluntario para pagar multas o realizar alegaciones aunque renunciando con ello a la presentación de recursos.

Además, el texto abre la puerta a elevar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros hora y reducir en 10 por hora la máxima en carreteras secundarias. No obstante, no concreta cómo se hará, será el Reglamento General de Circulación posterior, que tiene previsto aprobarse en el mes de junio, quien deba dar forma a estos preceptos.

Durante la tramitación parlamentaria, también se acordó que los vehículos prioritarios usarán una señal luminosa azul, aunque se trata de otro aspecto que se desarrollará en el Reglamento General de Circulación. Esta normativa establece también que deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con matrícula extranjera que se utilizan en España por residentes del país, ya que no figuran en el Registro de Vehículos actualmente.

Por último, esta norma permitirá a la Dirección General de Tráfico (DGT) solicitar a sus organismos homólogos información sobre conductores para poderles remitir a sus países las multas. Con esta iniciativa se pretende ‘cercar’ a los infractores extranjeros que eluden las multas de tráfico españolas. Del mismo modo que los países de la Unión Europea podrán hacer con los conductores españoles que cometan infracciones en sus territorios.

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